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CEMENTERIO MUNICIPAL

RESEÑA HISTÓRICA

La historia del Cantón menciona que en el año 1853 se obtubieron los permisos para la ubicación del poblado de San Isidro de Heredia, incluido el cementerio, cuya medida es de 7.900 m2.

En el Cementerio Municipal Jardín de Paz de la Municipalidad de San Isidro, lugar donde descansan los fundadores de el cantón N°6 de la provincia de Heredia, existe una placa donde se menciona la construcción de la fachada que se construyó el año 1907.

Posteriormente, ante el agotamiento del primer terreno, el 24 de noviembre del 1987 la administración municipal de 1986 a 1990, adquirió un segundo terreno contiguo al primero, cuya media es de 4,772.25 m2, este se adicionó dada la necesidad de construcción de nuevas bóvedas, formando un terreno total de 12,672.25m2.

 

TARIFA 2019

De acuerdo con lo publicado en la gaceta N°4 de lunes 07 de enero del 2019, se detallan las tarifas de Servicio de Mantenimiento de Cementerio por nicho para el año 2019:


SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CEMENTERIO MUNICIPAL
Tarifa por mes por nicho               ¢655.00
Tarifa por trimestre por nicho     ¢1.965.00
Tarifa anual por nicho                ¢7.860.00

 

Rige 30 días después de su publicación en el Diario Oficial la Gaceta, conforme el artículo 83 del Código Municipal.

 

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CEMENTERIO JARDÍN DE PAZ

Nombramiento realizado en Sesión Ordinaria N°45-2019 del 22 de julio de 2019, mediante acuerdo N°546-2019 que cita lo siguiente:

“Nombrar a los señores Kattia Villalobos Zamora cédula 401510385, María Elena Soto Córdoba cedula 401110177, Carlos Araya Núñez cédula 401520396, Rafael Ángel Orozco Zúñiga cédula 401031209, Manuel Antonio Rodríguez Segura cédula 401310025, como los nuevos miembros de la Junta Administrativa de Cementerio Jardín de Paz, Municipalidad de San Isidro de Heredia.”

Juramentación realizada en la Sesión Ordinaria N°46-2019 del lunes 29 de julio 2019.

 

   

 

La organización de la Municipalidad de San Isidro, en el ejercicio de sus funciones y competencias considera como valores los siguientes:

1. El bien común.- Las Autoridades y el personal de la Municipalidad, tienen como la más alta prioridad de sus acciones lograr el bienestar permanente de la población y de todos los actores del entorno del Cantón de San Isidro.

2. La honestidad.- Las Autoridades y el personal de la Municipalidad realizaran sus acciones con honestidad y coherencia; generando legitimidad y confianza en relación con la población de la ciudad.

3. La cooperación.- La Municipalidad sustenta su accionar en la valiosa individualidad de sus autoridades, funcionarios, servidores y trabajadores, valorando aún más el esfuerzo cooperativo para el logro de sus fines y objetivos.

4. La responsabilidad.- Las Autoridades y el personal de la Municipalidad tienen la autoridad necesaria para realizar su trabajo y cumplir con sus funciones en beneficio de la comunidad, en respuesta a los componentes de la Misión Institucional, en concordancia con los valores pero cada uno debe responder por sus actos y asumir la responsabilidad que corresponda de acuerdo con su competencia en la organización municipal.

5. Transparencia.- Las Autoridades y el personal de la Municipalidad, realizan su acción utilizando las mejores prácticas con el uso de herramientas de planificación, administración, de gestión y control; a fin de lograr un uso racional y transparente de los recursos municipales, obligándose a dar cuenta a la población del resultado de su gestión utilizado para ello prioritariamente las redes sociales.

6. La Excelencia en el Trabajo.- El personal de la Municipalidad desarrolla sus acciones con miras al logro de la excelencia en la calidad del servicio en la búsqueda de los más altos estándares de eficiencia, eficacia y efectividad, a los vecinos de la ciudad.

7. Comunicación. Es la capacidad de escuchar, hacer preguntas, expresar conceptos e ideas en forma efectiva, exponer aspectos positivos. La habilidad de saber cuándo y a quién preguntar para llevar adelante un propósito. Es la capacidad de escuchar al otro y comprenderlo.

8. Flexibilidad: Es la capacidad para adaptarse y trabajar en distintas y variadas situaciones y con personas o grupos diversos. Supone entender y valorar posturas distintas o puntos de vista encontrados, adaptando su propio enfoque a medida que la situación cambiante lo requiera.

9. Iniciativa: Es la predisposición a actuar proactivamente y a pensar no sólo en lo que hay que hacer en el futuro. Implica una preferencia a actuar de forma dinámica de acuerdo con sus funciones.

10. Trabajo en equipo: Implica la capacidad de colaborar y cooperar con los demás, de formar parte de un grupo y de trabajar juntos en pro de un objetivo común. Es la habilidad para participar activamente en la consecución de una meta común. Supone facilidad para la relación interpersonal y la capacidad de comprender la repercusión de las propias acciones sobre el éxito de las acciones de los demás.

1. La estrategia de desarrollo Municipal debe estar basada en el planeamiento de mediano y corto plazo y debe necesariamente responder a los planes integrales participativos de desarrollo local a mediano y largo plazo, con miras a lograr un equilibrio eficaz con los recursos financieros disponibles para satisfacer las necesidades de la población de manera sostenida y asegurando el desarrollo sustentable de la jurisdicción, en concordancia con las directrices emanadas de la Contraloría General de la República, mediante Resolución L-1-2009-CO-DFOE.

2. La organización de la Municipalidad deberá responder a una cultura institucional sustentada en valores y decidida a la búsqueda de la excelencia así como la calidad para lograr que el gobierno local sea eficaz en la satisfacción continua de las necesidades de la población para lograr su bienestar integral y deberá permitir que las acciones municipales se adapten de manera previsora a los cambios constantes de la cultura y de la sociedad; esto exige que las autoridades y funcionarios de la Municipalidad tomen decisiones oportunas para adecuar la gestión a los cambios del entorno.

3. La organización de la Municipalidad sólo deberá crecer cuando se justifique una real necesidad de incrementar la producción de bienes y servicios a la comunidad, y siempre y cuando este asegurado el financiamiento de los gastos correspondientes al corto y mediano plazo.

4. La producción de los bienes y servicios municipales que se ofrecen a la comunidad, deberán realizarse bajo el principio de innovación y cambio constante, para reducir la burocracia y los costos, aumentando la productividad y la calidad de la oferta, para disminuir la brecha frente a la demanda por la satisfacción de las necesidades de la población, en concordancia con las políticas de ecología y medio ambiente.

5. El uso de las tecnologías de la información y la comunicación se entenderá como la fuerza impulsora para acompañar la ejecución de todos los procesos administrativos institucionales, de suerte que se potencien los más altos estándares de calidad en la prestación de servicios.

6. El desarrollo social inclusivo será un pilar fundamental en la gestión institucional, asegurando el acceso de los sectores marginados y posibilitando el acceso integral de la población discapacitada a los servicios institucionales, priorizando la atención de programas de género, equidad, niñez, adolescencia y la persona adulta mayor.

7. Las relaciones laborales deben realizarse dentro de un ambiente dispuesto permanentemente al diálogo y la concertación de voluntades, para el logro de los objetivos institucionales en beneficio de la comunidad.

8. El control de las acciones municipales deberá centrarse en la verificación de resultados, de acuerdo con los objetivos y metas señalados en los respectivos planes, estableciéndose el impacto de las mismas en relación con el beneficio real que reciben los ciudadanos, en estas acciones tendrán prioridad las que conlleven a una acción correctiva para el cumplimiento de los objetivos de los planes correspondientes por lo tanto deberá basarse en criterios flexibles, adaptándolos a los cambios imprevistos de los planes de acción y en concordancia con las normas técnicas de control interno vigentes.

9. El ordenamiento territorial es la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ambiental de la municipalidad, por lo tanto los principios básicos del ordenamiento territorial son: el bien común; los derechos básicos y vitales al agua, el suelo y el aire; el desarrollo humano, económico y social sustentable; la utilización racional recursos naturales y la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica. Por lo tanto el ordenamiento territorial garantizara un desarrollo adecuado de los asentamientos humanos, la gestión integral de los recursos naturales y el desarrollo económico en el territorio, sobre los intereses particulares.

10. El sistema de administración de personal, adquiere especial relevancia en tanto es el intangible de la organización municipal, ser reconoce como el pilar fundamental para el logro de los objetivos institucionales, de manera que esta área debe atenderse con estrategias adecuadas de desarrollo del personal, garantizando que se cuente con las mejores herramientas de trabajo, un sistema que garantice la carrera municipal, y un sistema adecuado de capacitación y selección por competencias.

11. Los servicios públicos se prestarán bajo los principios de eficiencia, eficacia, simplicidad, continuidad y capacidad de la Municipalidad para adaptarse a los cambios del entorno y de las necesidades que satisfacen.

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Estudio de satisfacción del Usuario

La Municipalidad de San Isidro de Heredia les comparte el "ESTUDIO SATISFACCIÓN DE USUARIO 2022", elaborado por Lic. Fabio Escalante Soto, MBA, el cual permite la Percepción del Ciudadano isidreño, referente al grado de satisfacción ciudadana acerca de las labores de la Municipalidad durante el segundo Semestre del 2022.

Trabajamos de la mano con la Comunidad.

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