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Proyectos

LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA Y LA UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL, COMUNICA

Con el fin de que se tomen las previsiones del caso y utilicen rutas alternas, se les informa que a partir del día lunes 17 de enero del 2022, se dará inicio

con los siguientes proyectos, en el sector de Santa Elena, como se puede observar en el croquis de ubicación las líneas en rojo son las zonas a trabajar. 

 

  1. Rehabilitación de vía de Calle Zurquí

 

 

 

  1. Construcción de Muro de Gaviones Calle Yerbabuena 2.

 

 

POLITICA PUBLICA DE VEJEZ Y ENVEJECIMIENTO 2021-2031

Descargue la Política aquí....Descargar

ACUERDO N. 427-2021 El señor Presidente Gilbert Acuña Cerdas somete a votación:

ANTECEDENTE:

I.- En Sesión Extraordinaria 25-2019 del 25 de abril de 2019 del Concejo Municipal se emite el siguiente acuerdo: ACUERDO N. 275-2019 El señor Presidente Manuel Antonio Rodríguez Segura somete a votación:

1.- Remitir a la Comisión de Asuntos Sociales la Política Cantonal y Plan Quinquenal de Vejez y Envejecimiento para su análisis y recomendación. Siendo avalado por cinco Regidores Propietarios, Manuel Antonio Rodríguez Segura, Elvira Yglesias Mora, Tatiana Contreras Castillo, Luisa Fonseca González y Freddy Vargas Venegas. Se declara acuerdo por unanimidad.

II.- La Comisión Municipal de Asuntos Sociales analiza el tema en varias reuniones:

Ø  Reunión Extraordinaria 04-2019, del 30 de julio de 2019.

Ø  Reunión Ordinaria 05-2019, del 01 de octubre de 2019.

Ø  Reunión Ordinaria 01-2020, del 04 de febrero de 2020.

Ø  Reunión Ordinaria 03-2020, del 06 de marzo de 2020.

Ø  Reunión Ordinaria 04-2020, del 25 de junio de 2020.

Ø  Reunión Ordinaria 01-2021, del 28 de enero de 2021.

Ø  Reunión Ordinaria 02-2021, del 18 de febrero de 2021.

Ø  Reunión Ordinaria 03-2021, del 22 de abril de 2021.

Considerando

I.- Que se conoce el dictamen CMAS-04-2021 de la Comisión de Asuntos Sociales referente a  “Política Pública en Vejez y Envejecimiento 2021-2031 con su Plan de Acción

Quinquenal 2021-2026”

II.- Que el derecho a la igualdad y a la no discriminación de todos los seres humanos se encuentra reconocido en diversos instrumentos de protección de los derechos humanos, tales como Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto de Derechos Civiles y Políticos, Convención de Americana de Derechos Humanos.

III.- Que el Estado Costarricense por medio de la Ley 7935, en el Artículo 3.- se refiere a los Derechos para mejorar la calidad de vida de las Personas Adultas Mayores.

IV.- Que toda persona adulta mayor tendrá derecho a una mejor calidad de vida, mediante la creación y ejecución de programas que promuevan:

  1. a) El acceso a la educación, en cualquiera de sus niveles, y a la preparación adecuada para la jubilación.
  2. b) La participación en actividades recreativas, culturales y deportivas promovidas por las organizaciones, las asociaciones, las municipalidades y el Estado.
  3. c) La vivienda digna, apta para sus necesidades, y que le garantice habitar en entornos seguros y adaptables.
  4. d) El acceso al crédito que otorgan las entidades financieras públicas y privadas.
  5. e) El acceso a un hogar sustituto u otras alternativas de atención, con el fin de que se vele por sus derechos e intereses, si se encuentra en riesgo social.
  6. f) La atención hospitalaria inmediata, de emergencia, preventiva, clínica y de rehabilitación.
  7. g) La pensión concedida oportunamente, que le ayude a satisfacer sus necesidades fundamentales, haya contribuido o no a un régimen de pensiones.
  8. h) La asistencia social, en caso de desempleo, discapacidad o pérdida de sus medios de subsistencia.
  9. i) La participación en el proceso productivo del país, de acuerdo con sus posibilidades, capacidades, condición, vocación y deseos.
  10. j) La protección jurídica y psicosocial a las personas adultas mayores afectadas por la violencia física, sexual, psicológica y patrimonial.
  11. k) El trato preferencial cuando efectúe gestiones administrativas en las entidades públicas y privadas.
  12. l) La unión con otros miembros de su grupo etáreo, en la búsqueda de soluciones para sus problemas.

V.- Que la Constitución Política de Costa Rica reconoce el derecho a la igualdad de todas las personas habitantes.

VI.- Que conforme a la ley 7935 Ley Integral para las Personas Adultas Mayor, se establecen una serie de obligaciones estatales dirigidas a asegurar la calidad de vida para las personas adultas mayores.

VII.- Que la ley 7794 Código Municipal, en su artículo 4 afirma la autonomía municipal y en su inciso h) establece dentro de sus atribuciones el “Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población.

VIII.- Que la Municipalidad de San Isidro ha realizado un esfuerzo participativo para elaborar un diagnóstico que identifica las necesidades e intereses de la población, para así formular la Política Vejez y Envejecimiento y su Plan de Acción para el siguiente quinquenio con el fin de la democratización de la gestión del Gobierno Local, considerando a todas las personas habitantes del Cantón desde su diversidad.

Por tanto  Con fundamento en el anterior considerando este Concejo Municipal acuerda:

1.- Avalar el dictamen CMAS-04-2021 de la Comisión de Asuntos Sociales referente a  “Política Pública en Vejez y envejecimiento 2021-2031 con su Plan de Acción Quinquenal 2021-2026”.

2.- Aprobar la Política Pública en Vejez y Envejecimiento 2021-2031 con su Plan de Acción quinquenal 2021-2026, según los siguientes términos:

Artículo 1:   Que a partir de la identificación y relación de causalidad del estado de la situación del cantón en el tema de Vejez y Envejecimiento, se establecen como objetivo general:

Establecer el marco estratégico, los objetivos y prioridades en relación con el envejecimiento de la población y el ejercicio de Derechos de las PAM pobladora del Cantón de San Isidro de Heredia que permitan operativizar la coordinación interinstitucional y la administración municipal en vínculo con la sociedad civil, las familias y las propias Personas Adultas Mayores que viven en el Cantón.

Artículo 2:   Que según los estatutos del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor se espera: “Promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas adultas mayores y adoptar medidas específicas que estimulen y orienten un envejecimiento activo en Costa Rica” (CONAPAM, 2013).

Artículo 3: Que se establecen seis ejes de intervención de la política pública con sus respectivos objetivos, a saber:

Lineamiento Estratégico E1.1: Creación de condiciones para que se cumpla de manera eficaz la normativa de una tramitación ágil y preferencial a las PAM (planteada en la Ley 7935) por parte de las instituciones públicas que operan en el Cantón de San Isidro.

Objetivo operativo E1.1.a

Mejorar la calidad de atención de las PAM pobladoras del cantón mediante una gestión que incorpora eficientemente el servicio preferencial para las PAM y el cumplimiento de la Ley 7935 al respecto.

Objetivo operativo E1.1b

Mejorar la calidad de atención preferencial del Centro de Salud hacia las PAM pobladoras del Cantón

Lineamiento Estratégico E1.2: Inclusión de las PAM en el diseño de políticas y programas que operan en el Cantón dirigidos a este sector de población

Objetivo operativo E1.2: Promover a nivel del y la Administración Municipal la conformación de un equipo que trabaje a favor de los derechos de las PAM

Lineamiento Estratégico E1.3: Impulsar la planificación institucional de proyectos dirigidos a las PAM basada en un enfoque de transversalidad y articulación

 

Objetivo E1.3: Avanzar en una Política Municipal con un enfoque de Planificación y Ejecución basado en la ARTICULACON Y COORDINACION de las distintas dependencias municipales involucradas, incluyendo la visibilización de las PAM en los PAO institucionales.

Lineamiento Estratégico E1.4: Promover el compromiso del gobierno local a favor de los derechos de las PAM mediante asignación de partidas presupuestarias ordinarias específicas dirigidas a proyectos y programas para su bienestar

Objetivo operativo E1. 4: Visibilizar el aporte de la Municipalidad en el cumplimiento de derechos de las PAM mediante la designación de un porcentaje específico del presupuesto Municipal a proyectos y actividades dirigidos a las PAM.

Lineamiento estratégico E1.5: Impulsar la labor institucional del sector público y privado con un enfoque de inclusión y participación territorial/distrital de las PAM.

Objetivo operativo E1. 5: Fortalecer la gestión de trabajo a nivel de distritos, para la inclusión y la participación local-comunitaria de las PAM, sus familias y personas cuidadoras.

Lineamiento Estratégico 1.6: Conformar y fortalecer un espacio de acción multisectorial local para el diseño conjunto y la coordinación de acciones a favor del ejercicio de los Derechos de las PAM y una cultura de valoración de la vejez.

Objetivo operativo 6.1: Mejorar e innovar en los procesos de coordinación interinstitucional y multisectorial dirigidos a mejorar la vida de las PAM y su ejercicio de Derechos en el Cantón

Lineamiento Estratégico E2.1: Generar acciones que promuevan el empleo de las PAM que lo requieran, considerando sus rangos de edad diferenciados y las distintas condiciones según género.

 

Objetivo operativo E2.1ª: Mejorar la calidad de vida de las PAM que buscan empleo mediante la identificación de PAM en esa condición y la promoción de patentados que cuenten con una política empresarial de apoyo a las PAM como fuerza laboral activa.

Lineamiento Estratégico E2.2: Promoción del acceso a emprendimientos generadores de ingresos para las PAM considerando los rangos diferenciados de edad y las distintas necesidades según género.

Objetivo operativo E2.2: Contribuir al acceso de las PAM a emprendimientos económicos y la consecuente generación de ingresos, mediante un diagnóstico que identifique los tipos de emprendimiento potencialmente óptimos y rentables en el mercado, incluyendo acceso a información sobre recursos, asesoría y capacitación técnica.

Lineamiento Estratégico E2.3: Dar seguimiento a las acciones institucionales que favorezcan el acceso de las PAM a pensiones no contributivas.

Objetivo operativo E2.3: Mejorar la calidad de vida de las PAM que requieren ingresos provenientes de pensiones no contributivas u otros mecanismos de subsidio viables, mediante una labor de apoyo informativo y de gestión.

Lineamiento Estratégico E3.1: Canalizar los esfuerzos requeridos para la construcción y puesta en operaciones del Centro Diurno.

Objetivo E3.1: Facilitar el inicio de la construcción del Centro Diurno mediante la coordinación eficiente de la Municipalidad, Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y la Junta de Salud.

Lineamiento Estratégico E3.2: Generar las condiciones para que los servicios de salud de la CCSS se brinden de manera eficiente a las PAM del cantón.

 

Objetivo operativo E3.2: Mejorar el acceso y calidad de los servicios de salud para las PAM.

Lineamiento Estratégico E3.3: Favorecer condiciones para que se implementen a mayor escala en la comunidad medidas y acciones de resguardo del Derecho a una vida sin violencia para las PAM .

Objetivo operativo E3.3: Contribuir al ejercicio de una vida sin violencia para las PAM del Cantón mediante campañas de sensibilización a las familias y la comunidad y sobre todo de empoderamiento y conocimiento de Derechos de las PAM.

Lineamiento Estratégico E3.4: Contribuir al enriquecimiento de los enfoques de cuido, metodologías y estilos de trabajo dirigidos a las PAM (instituciones, organizaciones, familias y comunidad).

Objetivo operativo E3.4: Impulsar la actualización creativa de propuestas y procesos de capacitación a lo interno de las instituciones dedicadas a labores de cuido de las PAM.

Lineamiento Estratégico 3.5: Impulso de programas de educación para conclusión de estudios de las PAM que deseen hacerlo y de actualización de conocimientos.

Objetivo Operativo 3.5: Mejorar la calidad de vida de las PAM mediante el acceso a servicios educativos que les permitan ejerce el derecho a una vida más autónoma, creativa y feliz.

Lineamiento Estratégico 3.6: Enriquecer y ampliar la oferta institucional local en salud preventiva para la población en envejecimiento y las PAM, desde un enfoque Inclusivo, de género y de Empoderamiento en el marco de los Derechos Humanos.

Objetivo Operativo 3.5: Colaborar en la mejora de la calidad de vida de las PAM mediante la ampliación y enriquecimiento de enfoques en Salud de las PAM (incluyendo temas de sexualidad, recreación y deporte).

 

Lineamiento Estratégico E4.1: Brindar las condiciones de un entorno amigable que permita a las PAM del Cantón movilizarse con facilidad

Objetivo operativo E4.1: Garantizar el cumplimiento de la Ley 7935 (Ley Integral de la Persona Adulta Mayor) de acceso y uso del servicio de transporte público para las PAM, mediante la participación de autoridades policiales en la labor de vigilancia frente a la violación del derecho y la existencia de un protocolo que fiscalice y penalice a las empresas que incumplan la normativa.

Lineamiento Estratégico E4.2: Mejorar la movilidad de las PAM en el ejercicio de su derecho de participación y autonomía mediante ofertas de apoyo del sector público y privado.

Objetivo operativo E4.2: Mejorar el acceso al transporte de las PAM para que se movilicen a las distintas actividades propias de su condición de PAM, mediante la dotación subsidiada de busetas y los aportes de la empresa privada en esta materia.

Lineamiento Estratégico E4.3: Brindar las condiciones de un entorno amigable que permita a las PAM del Cantón una vivienda digna adaptada a sus necesidades.

Objetivo operativo E4.3: Mejorar la calidad de vida y del entorno inmediato de las PAM que requieren adecuaciones y mejoras en sus viviendas.

Lineamiento Estratégico E4.4: Dar seguimiento a las acciones de adaptación de infraestructura vial para que las PAM ejerzan su derecho de movilidad con autonomía, sin riesgo para su salud y tranquilidad.

Objetivo operativo E4.4: Dar seguimiento a las acciones de adaptación de infraestructura vial para que las PAM ejerzan su derecho de movilidad con autonomía, sin riesgo para su salud y tranquilidad.

Lineamiento Estratégico E4.5: Ampliar la infraestructura para el impulso de actividades al aire libre que mejoren la ejercitación física de las PAM según distintas necesidades de salud y de recreación.

Objetivo operativo E4.5: Mejorar la salud física y emocional de las PAM y reducir su aislamiento y tendencia a la depresión mediante el acceso a espacios de ejercitación y juego al aire libre dotados por instituciones públicas y privadas.

Lineamiento Estratégico E4.6: Facilitar condiciones para que las PAM se integren en acciones de cuidado ambiental, manejo de desechos, mejora del paisaje, huertas comunitarias.

Objetivo operativo E4.6: Contribuir al ejercicio del derecho de participación de las PAM para un entorno saludable y seguro

Lineamiento Estratégico E4.7: Crear las condiciones para la incorporación de las PAM en los planes locales de atención de emergencias provocadas por eventos climáticos o naturales

Objetivo E4.7: Insertar de mejor manera a las PAM en los planes de la Comisión Local de Emergencia.

Línea Estratégica E5.1: Encauzar la experiencia de las PAM pensionadas y con talentos en distintas áreas de la vida, para  aportar a la comunidad en pro de una cultura de valoración de la vejez y del enfoque de voluntariado con reciprocidad.

Lineamiento Estratégico E5.2: Ampliar la infraestructura y equipamiento de las TIC (tecnologías de información y comunicación) existente en el Cantón para que las PAM puedan ejercer su derecho a la libre expresión y participación empoderada, atendiendo los rangos de edad diferenciados y condiciones de género desde un enfoque de inclusión.

Objetivo operativo E5.2: Ampliar las oportunidades de expresión autónoma y el empoderamiento de las PAM, mediante la implementación de cursos de computación para Adultos Mayores incluyendo a las PAM con condiciones de movilidad limitada.

Objetivo operativo E5.1: Fomentar la cultura de valoración de la vejez en la comunidad y de empoderamiento de las PAM en el ejercicio de sus derechos de participación y de respeto a sus diversas expresiones (rangos de edad diferenciados, género, identidades sexuales distintas, condiciones de jubilación, diferencias socioculturales), mediante un enfoque de voluntariado con reciprocidad.

Lineamiento E6.1: Direccionar acciones de información sobre la agenda de bienestar y Derechos para las PAM del cantón así como de la preparación hacia la vejez, incluyendo información sobre las Residencias Permanentes para PAM, los Centros de Cuidado Diurno y las actividades de las Redes de Cuido y grupos de PAM en el cantón.

Objetivo operativo 6.1: Mantener a las comunidades y las organizaciones informadas sobre la agenda de actividades que se realizan en el cantón dirigidas a las PAM.

Lineamiento Estratégico E6.2: Encauzar acciones que estimulen a las familias y la comunidad en general alrededor de la valoración de la vejez y el respeto a los Derechos de las PAM.

Objetivo operativo E6.2: Promover la cultura de valoración de la vejez y de respeto a las PAM y sus derechos en el conjunto de las fuerzas vivas del Cantón, desde un enfoque participativo e inclusivo.

Lineamiento Estratégico E6.3: Generar las condiciones para un Diálogo Social propositivo permanente sobre Derechos de las PAM y envejecimiento en el Cantón.

Objetivo operativo E6.3: Favorecer la alianza multisectorial a favor de las PAM del Cantón mediante espacios de diálogo, reflexión y propuesta.

 

Artículo 4:  La política pública se implementará por medio del plan de acción que le acompaña, el cual deberá incorporarse en el Plan de Desarrollo Municipal y en los Planes Operativos anuales.

Artículo 5:   Se aprueba la Política Vejez y Envejecimiento para el periodo comprendido entre el 2021 y 2031, que deberá ser ejecutada por la Alcaldía Municipal en el territorio del cantón de San Isidro de Heredia.

Artículo 6:  Se delega en la Comisión de Asunto Sociales y la Alcaldía Municipal, la gestión presupuestaria, administrativa y operativa de la política, así como la evaluación y seguimiento del cumplimiento de esta política pública.

Artículo 7:  Rige a partir de su publicación. San Isidro de Heredia, a las ____ horas del _

3.- Instruir a la Administración Municipal, para que por medio del Departamento correspondiente, continúe con el proceso de Publicación y posterior aplicación de esta Política.

4.- Solicitar a la Administración Municipal, realizar un estudio de propiedades o lotes municipales disponibles dentro del Distrito de San Isidro,  con la finalidad de considerarlos para la Construcción de un Centro para el Adulto Mayor y otras poblaciones vulnerables.

5.- Solicitar a la Administración Municipal, que se considere dentro de la futura Ley de Patentes, incorporar y/o presupuestar de los ingresos recibidos un 10% que se pueda destinar para el financiamiento de esta política y que se inicie con la creación de infraestructura necesaria para este fin.

Siendo avalado por cinco Regidores Propietarios, Gilbert Acuña Cerdas, Raquel González Arias, Minor Arce Solís, Ana Melissa Vindas Orozco y Dennis Azofeifa Bolaños. Se declara acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado.

ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL ADOPTADO EN LA SESIÓN ORDINARIA No. 29-2021 DEL 26 DE ABRIL DEL 2021. (POZO VILA SECA)

ACUERDO N. 418-2021 El señor Presidente Gilbert Acuña Cerdas somete a votación:

Se adjunta el enlace de descarga del Informe: Descargar Informe

Considerando

I.- Que se tramita al Concejo Municipal oficio JD-070-2021, de fecha 20 de abril de 2021, suscrito por Rosibelle Montero Herrera, Secretaria Junta Directiva  ESPH S.A. mediante el cual comunican de la Sesión 4083-C del 12 de abril 2021, Artículo  3°, inciso 3/3.2, del texto: “[…] autorizar a la secretaría de la Junta Directiva remitir al Concejo Municipal de San Isidro, el informe sobre perforación del pozo viento fresco Vila seca) solicitado por los delegados representantes ante la Asamblea de Accionistas de la ESPH S.A. en Asamblea General Ordinaria N°59-2021”.

II.- Que se adjunta el Informe de gestión del proyecto perforación del pozo Viento Fresco (Vila Seca); proyecto de perforación del pozo Viento Fresco, licitado bajo el Concurso Mayor N° 05-2018, adjudicado al consorcio Daho Pozos de Centroamérica S.A – Hidrotica S.A bajo el Acuerdo de Junta Directiva JD-072-2019.

Indica el informe de cita, que el proyecto fue adjudicado a este consorcio por el monto de $1.050.685,87 con IVA Incluido y consta de las siguientes etapas concluidas:

Etapa 1. Perforación de pozo exploratorio

Esta etapa corresponde a la perforación de un pozo de diámetro 7 7/8 pulgadas y 300  metros de profundidad, cuya finalidad es la de determinar la litología, poder realizar el  diseño del pozo de forma previa y conocer el potencial hídrico de la zona mediante una prueba de desarrollo preliminar. Esta etapa se ejecutó del 23 de enero de 2020 al 2 de marzo de 2020 cumpliéndose a satisfacción las 6 tareas programadas

Etapa 2. Perforación de pozo de producción y equipamiento

Esta etapa corresponde con la ampliación del pozo exploratorio a un diámetro de 22  pulgadas y 300 metros de profundidad. Se divide en 2 sub actividades a) ampliación de pozo desarrollo y prueba de bombeo y b) equipamiento, cuyos equipos se deben importar hasta conocer el caudal de producción definitivo. La sub actividad a) se ejecutó desde el 18 de marzo al 17 de diciembre de 2020 cumpliéndose a satisfacción las 12 tareas programadas y obteniendo como resultado final con la prueba de bombeo, un caudal aprovechable de 50 l/s. Posteriormente, y como parte de la sub actividad b), se completan las 14 tareas pendientes ejecutadas del 14 de enero al 19 de marzo para dar por finalizada la etapa 2 del proyecto

Etapa 3. Construcción de obras civiles

La etapa constructiva de las obras civiles dio inicio el 19 de noviembre de 2020 con los cimientos de la caseta de potencia, una vez levantada la estructura se procedió con la construcción de las pilas de desagüe con su respectiva salida de pluviales, planché de trabajo, pedestales e instalación de la cachera y sus componentes. Adicionalmente se realizó las canalizaciones eléctricas, puesta a tierra y acometida de alimentación. De las 20 tareas que componen esta etapa, actualmente queda pendiente completar la instalación de accesorios de hierro para cachera de descarga, específicamente el tubo final de la cachera y el macromedidor.

Etapa 4. Instalación de equipos eléctricos

Esta etapa contempla la adquisición e instalación del panel de control, variador de frecuencia, parametrización y automatización al sistema SCADA. Se compone de 5 tareas las cuales a la fecha están en proceso de ejecución. Una vez finalizada la instalación se procederá con las pruebas in situ en modo manual para verificar el adecuado funcionamiento de todos los equipos eléctricos y mecánicos, y posteriormente, se realizarán las pruebas en modo automático bajo la señal del Centro de Control del NAP. Se debe continuar con las obras complementarias del sistema de desinfección (a cargo del Proceso de Gestión de la Potabilización del Agua), de la instalación de tubería de conducción (a cargo del Proceso de Construcciones y Mejoras) y de la automatización, y la instalación de fibra óptica y cámaras (a cargo del Proceso de Gestión de Control); actividades que fueron consideradas dentro de la formulación del proyecto y que son necesarias para la puesta en marcha del pozo. Además, se debe considerar que el pozo Viento Fresco forma parte de la II etapa del Plan Maestro San Isidro, así como la instalación de la tubería de conducción y la construcción del tanque de almacenamiento en el mismo predio, siendo que estas obras dependían del resultado de la prueba de bombeo para dar inicio, por lo que actualmente se encuentran en proceso de contratación. Se ha proyectado la entrada en operación del pozo y de todas las obras adicionales incluidas en la II etapa del Plan Maestro San Isidro para diciembre de 2021.

III.- Que de lo indicado en el informe de cita, se tiene que para el mes de diciembre del 2021, se estima se sumen al sistema de acueducto de agua potable que abastece San Isidro de Heredia, un total de 50 l/seg, cantidad de agua suficiente para suplir las necesidades cercanas a las 2 500 casas, que es un gran avance en el desarrollo del servicio de acueducto del Cantón y que permitiría eventualmente disminuir las restricciones de nuevos servicios de agua potable, vigentes en el Cantón, para beneficio de las familias isidreñas.

Por tanto  Con fundamento en el anterior considerando este Concejo Municipal acuerda:

1.- Comunicar a la Junta Directiva de la ESPH S.A, que el Concejo Municipal de San Isidro conoció en la Sesión Ordinaria 29-2021, de fecha 26 de abril del 202 el  oficio JD-070-2021, de fecha 20 de abril de 2021, suscrito por Rosibelle Montero Herrera, Secretaria Junta Directiva  ESPH S.A. y el Informe de gestión del proyecto perforación del pozo Viento Fresco (Vila Seca); proyecto de perforación del pozo Viento Fresco, licitado bajo el Concurso Mayor N° 05-2018.

2.- Solicitar a la Alcaldesa Lidieth Hernández González, en su condición de jefe de las dependencias municipales, publique en la página web de la Municipalidad y redes sociales de la Municipalidad, el presente acuerdo y el Informe de gestión del proyecto perforación del pozo Viento Fresco (Vila Seca); proyecto de perforación del pozo Viento Fresco, licitado bajo el Concurso Mayor N° 05-2018.

Se dispensa del trámite de comisión. Siendo avalado por cinco Regidores Propietarios, Gilbert Acuña Cerdas, Raquel González Arias, Minor Arce Solís, Ana Melissa Vindas Orozco y Dennis Azofeifa Bolaños. Se declara acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado.

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